
Las condiciones físicas de un centro de trabajo influyen directamente en la seguridad de quienes laboran ahí. Un piso con derrames, una escalera sin pasamanos o un área de circulación sin delimitar pueden provocar caídas y atropellamientos.
La NOM-001-STPS-2008 es la Norma Oficial Mexicana de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) que establece las condiciones de seguridad que deben cumplir los edificios, locales, instalaciones y áreas de los centros de trabajo. Con frecuencia se le confunde con una norma de instalaciones eléctricas, pero su alcance es la infraestructura del inmueble en general; la seguridad en el mantenimiento eléctrico corresponde a la NOM-029-STPS-2011.
En este artículo conocerás qué establece la norma, las obligaciones del patrón y de los trabajadores, y qué documentación conviene tener lista ante una inspección.
¿Qué es la NOM-001-STPS-2008?
La NOM-001-STPS-2008, “Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad”, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de noviembre de 2008 y sustituyó a la NOM-001-STPS-1999. Su objetivo es establecer las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo para su adecuado funcionamiento y conservación, con la finalidad de prevenir riesgos a los trabajadores.
Campo de aplicación
La norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo, sin importar su giro o tamaño.
Su contenido se organiza en los siguientes temas principales:
- Obligaciones del patrón y de los trabajadores
- Requisitos de seguridad en el centro de trabajo: orden y limpieza, delimitación de áreas, techos, paredes, pisos, escaleras, rampas, escalas, puentes y plataformas elevadas
- Condiciones de seguridad en los sistemas de ventilación artificial
- Requisitos de seguridad para el tránsito de vehículos
- Unidades de verificación y procedimiento para la evaluación de la conformidad
Obligaciones del patrón
La NOM-001-STPS-2008 establece las siguientes responsabilidades para el empleador:
- Conservar en condiciones seguras las instalaciones del centro de trabajo, para que no representen riesgos
- Realizar verificaciones oculares cada doce meses, pudiendo hacerlas por áreas, para identificar condiciones inseguras y reparar los daños encontrados
- Efectuar verificaciones oculares después de un evento que pudiera dañar el centro de trabajo, como un sismo o una inundación, y realizar las reparaciones necesarias
- Contar con sanitarios limpios y seguros y, en su caso, con lugares reservados para el consumo de alimentos
- Contar, en su caso, con regaderas y vestidores de acuerdo con la actividad o cuando se requiera la descontaminación del trabajador
- Proporcionar información a los trabajadores para el uso y conservación de las áreas donde realizan sus actividades
Obligaciones de los trabajadores
El cumplimiento también depende del personal. La norma establece que los trabajadores deben:
- Informar al patrón las condiciones inseguras que detecten en el centro de trabajo
- Recibir la información que proporcione el patrón sobre el uso y conservación de las áreas
- Participar en la conservación del centro de trabajo y dar a las áreas el uso para el que fueron destinadas
Condiciones de seguridad en edificios y locales
Orden, limpieza y delimitación de áreas
Las áreas de trabajo, los pasillos exteriores, los estacionamientos y las áreas comunes deben mantener orden y limpieza permanentes. Además, las áreas de producción, mantenimiento, circulación de personas y vehículos, almacenamiento, zonas de riesgo y servicios deben delimitarse con barandales, elementos estructurales, franjas amarillas de al menos 5 cm de ancho en el piso o una distancia de separación física.
Techos y paredes
Los techos deben proteger de las condiciones ambientales externas, permitir la salida de líquidos y soportar cargas solo si fueron diseñados para ello. Las paredes interiores deben tener colores que eviten la reflexión de la luz y, cuando existan aberturas con riesgo de caída a más de dos metros de altura, contar con protección y señalización.
Pisos
Los pisos deben ser llanos en las zonas de tránsito de personas, mantenerse sin estancamientos de líquidos que provoquen resbalones y señalizarse donde existan cambios de nivel. Las aberturas temporales, como escotillas, pozos o trampas, deben protegerse con cercas provisionales o barandales desmontables de al menos 90 cm de altura.
Escaleras, rampas y escalas
- Escaleras: huellas de al menos 25 cm, peraltes de no más de 23 cm, orillas redondeadas, materiales antiderrapantes y pasamanos a una altura de 90 cm ± 10 cm
- Rampas: pendiente máxima de 10% para el tránsito de trabajadores y de 17% para mantenimiento, con barandal lateral cuando el desnivel supere 150 cm
- Escalas fijas y portátiles: dimensiones mínimas, peldaños completos y antiderrapantes, y dispositivos como línea de vida en escalas fijas de más de 6 m
- Puentes y plataformas elevadas: barandales de 90 cm ± 10 cm en costados abiertos y una altura libre de al menos 200 cm
Puertas, accesos y áreas de circulación
Las puertas de acceso a escaleras de emergencia exteriores deben abrir en la dirección de salida, tener cerrojos que abran fácilmente desde adentro y recibir mantenimiento registrado al menos cada seis meses. En las puertas por donde circulan vehículos y personas debe existir un pasillo peatonal delimitado o, si no hay espacio, señalización que prohíba el tránsito simultáneo.
Ventilación artificial y tránsito de vehículos
Cuando existan sistemas de ventilación artificial, el aire extraído no debe contaminar otras áreas, el sistema debe arrancar antes de que ingresen los trabajadores y debe contar con un programa anual de mantenimiento. Para vehículos, las áreas de tránsito y de carga y descarga deben estar delimitadas o señalizadas y la velocidad máxima debe estar señalizada.
Señalización
Las señales utilizadas para cumplir con la norma deben apegarse a la normatividad de colores y señales de seguridad, actualmente la NOM-026-STPS-2008.
Verificaciones periódicas
Las verificaciones oculares deben realizarse al menos cada doce meses y pueden programarse por áreas, siempre que cada área se revise dentro de ese periodo. Durante el recorrido conviene buscar:
- Grietas, fisuras o pandeos en techos, paredes y elementos estructurales
- Pisos con desniveles, derrames o aberturas sin protección
- Escaleras con peldaños dañados, sin antiderrapante o con pasamanos flojos
- Áreas de circulación obstruidas o sin delimitar
- Señalización faltante o deteriorada
Documentación y evidencia
Ante una inspección de la STPS, conviene tener a la mano:
- Registros de las verificaciones oculares anuales, con fecha, área revisada, condición insegura encontrada y reparación realizada, conservados por un año
- Registros de verificaciones posteriores a eventos, con fecha, tipo de evento, resultados y acciones correctivas
- Bitácora de mantenimiento de las puertas de escaleras de emergencia exteriores
- Programa anual de mantenimiento del sistema de ventilación artificial y registros de su ejecución
- Evidencia de la información proporcionada a los trabajadores
De manera opcional, el patrón puede contratar una unidad de verificación acreditada y aprobada; cuando el dictamen es favorable, tiene una vigencia de dos años mientras no cambien las condiciones que sirvieron para emitirlo.
Relación con otras normas de la STPS
La NOM-001-STPS-2008 es la base para una infraestructura segura, pero se complementa con otras normas:
- NOM-029-STPS-2011: mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo, condiciones de seguridad. Es la norma que regula los trabajos eléctricos, no la NOM-001
- NOM-002-STPS-2010: prevención y protección contra incendios
- NOM-025-STPS-2008: condiciones de iluminación en los centros de trabajo
- NOM-026-STPS-2008: colores y señales de seguridad e higiene
Conclusión
La NOM-001-STPS-2008 establece las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas de los centros de trabajo. Cumplirla implica conservar la infraestructura en buen estado, realizar verificaciones oculares cada doce meses, registrar sus resultados y corregir a tiempo las condiciones inseguras.
En ASG Cursos de Seguridad Industrial impartimos cursos presenciales y en línea sobre condiciones de seguridad en instalaciones, verificaciones de seguridad y normatividad STPS, con constancia DC-3. Somos agente capacitador registrado en la STPS, emitimos factura y atendemos a empresas de Monterrey y Nuevo León. Contáctanos para programar la capacitación de tu personal.
Consulta las normas vigentes en el sitio de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).


