NOMs STPS

NOM-001-STPS-2008: Condiciones de Seguridad en Edificios e Instalaciones

✍️ ASG Cursos de Seguridad Industrial📅 12/04/2025⏱ 5 min de lectura
Electricista con guantes dieléctricos y careta trabaja en instalaciones eléctricas seguras

Las condiciones físicas de un centro de trabajo influyen directamente en la seguridad de quienes laboran ahí. Un piso con derrames, una escalera sin pasamanos o un área de circulación sin delimitar pueden provocar caídas y atropellamientos.

La NOM-001-STPS-2008 es la Norma Oficial Mexicana de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) que establece las condiciones de seguridad que deben cumplir los edificios, locales, instalaciones y áreas de los centros de trabajo. Con frecuencia se le confunde con una norma de instalaciones eléctricas, pero su alcance es la infraestructura del inmueble en general; la seguridad en el mantenimiento eléctrico corresponde a la NOM-029-STPS-2011.

En este artículo conocerás qué establece la norma, las obligaciones del patrón y de los trabajadores, y qué documentación conviene tener lista ante una inspección.

¿Qué es la NOM-001-STPS-2008?

La NOM-001-STPS-2008, “Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad”, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de noviembre de 2008 y sustituyó a la NOM-001-STPS-1999. Su objetivo es establecer las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo para su adecuado funcionamiento y conservación, con la finalidad de prevenir riesgos a los trabajadores.

Campo de aplicación

La norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo, sin importar su giro o tamaño.

Su contenido se organiza en los siguientes temas principales:

  • Obligaciones del patrón y de los trabajadores
  • Requisitos de seguridad en el centro de trabajo: orden y limpieza, delimitación de áreas, techos, paredes, pisos, escaleras, rampas, escalas, puentes y plataformas elevadas
  • Condiciones de seguridad en los sistemas de ventilación artificial
  • Requisitos de seguridad para el tránsito de vehículos
  • Unidades de verificación y procedimiento para la evaluación de la conformidad

Obligaciones del patrón

La NOM-001-STPS-2008 establece las siguientes responsabilidades para el empleador:

  • Conservar en condiciones seguras las instalaciones del centro de trabajo, para que no representen riesgos
  • Realizar verificaciones oculares cada doce meses, pudiendo hacerlas por áreas, para identificar condiciones inseguras y reparar los daños encontrados
  • Efectuar verificaciones oculares después de un evento que pudiera dañar el centro de trabajo, como un sismo o una inundación, y realizar las reparaciones necesarias
  • Contar con sanitarios limpios y seguros y, en su caso, con lugares reservados para el consumo de alimentos
  • Contar, en su caso, con regaderas y vestidores de acuerdo con la actividad o cuando se requiera la descontaminación del trabajador
  • Proporcionar información a los trabajadores para el uso y conservación de las áreas donde realizan sus actividades

Obligaciones de los trabajadores

El cumplimiento también depende del personal. La norma establece que los trabajadores deben:

  • Informar al patrón las condiciones inseguras que detecten en el centro de trabajo
  • Recibir la información que proporcione el patrón sobre el uso y conservación de las áreas
  • Participar en la conservación del centro de trabajo y dar a las áreas el uso para el que fueron destinadas

Condiciones de seguridad en edificios y locales

Orden, limpieza y delimitación de áreas

Las áreas de trabajo, los pasillos exteriores, los estacionamientos y las áreas comunes deben mantener orden y limpieza permanentes. Además, las áreas de producción, mantenimiento, circulación de personas y vehículos, almacenamiento, zonas de riesgo y servicios deben delimitarse con barandales, elementos estructurales, franjas amarillas de al menos 5 cm de ancho en el piso o una distancia de separación física.

Techos y paredes

Los techos deben proteger de las condiciones ambientales externas, permitir la salida de líquidos y soportar cargas solo si fueron diseñados para ello. Las paredes interiores deben tener colores que eviten la reflexión de la luz y, cuando existan aberturas con riesgo de caída a más de dos metros de altura, contar con protección y señalización.

Pisos

Los pisos deben ser llanos en las zonas de tránsito de personas, mantenerse sin estancamientos de líquidos que provoquen resbalones y señalizarse donde existan cambios de nivel. Las aberturas temporales, como escotillas, pozos o trampas, deben protegerse con cercas provisionales o barandales desmontables de al menos 90 cm de altura.

Escaleras, rampas y escalas

  • Escaleras: huellas de al menos 25 cm, peraltes de no más de 23 cm, orillas redondeadas, materiales antiderrapantes y pasamanos a una altura de 90 cm ± 10 cm
  • Rampas: pendiente máxima de 10% para el tránsito de trabajadores y de 17% para mantenimiento, con barandal lateral cuando el desnivel supere 150 cm
  • Escalas fijas y portátiles: dimensiones mínimas, peldaños completos y antiderrapantes, y dispositivos como línea de vida en escalas fijas de más de 6 m
  • Puentes y plataformas elevadas: barandales de 90 cm ± 10 cm en costados abiertos y una altura libre de al menos 200 cm

Puertas, accesos y áreas de circulación

Las puertas de acceso a escaleras de emergencia exteriores deben abrir en la dirección de salida, tener cerrojos que abran fácilmente desde adentro y recibir mantenimiento registrado al menos cada seis meses. En las puertas por donde circulan vehículos y personas debe existir un pasillo peatonal delimitado o, si no hay espacio, señalización que prohíba el tránsito simultáneo.

Ventilación artificial y tránsito de vehículos

Cuando existan sistemas de ventilación artificial, el aire extraído no debe contaminar otras áreas, el sistema debe arrancar antes de que ingresen los trabajadores y debe contar con un programa anual de mantenimiento. Para vehículos, las áreas de tránsito y de carga y descarga deben estar delimitadas o señalizadas y la velocidad máxima debe estar señalizada.

Señalización

Las señales utilizadas para cumplir con la norma deben apegarse a la normatividad de colores y señales de seguridad, actualmente la NOM-026-STPS-2008.

Verificaciones periódicas

Las verificaciones oculares deben realizarse al menos cada doce meses y pueden programarse por áreas, siempre que cada área se revise dentro de ese periodo. Durante el recorrido conviene buscar:

  • Grietas, fisuras o pandeos en techos, paredes y elementos estructurales
  • Pisos con desniveles, derrames o aberturas sin protección
  • Escaleras con peldaños dañados, sin antiderrapante o con pasamanos flojos
  • Áreas de circulación obstruidas o sin delimitar
  • Señalización faltante o deteriorada

Documentación y evidencia

Ante una inspección de la STPS, conviene tener a la mano:

  • Registros de las verificaciones oculares anuales, con fecha, área revisada, condición insegura encontrada y reparación realizada, conservados por un año
  • Registros de verificaciones posteriores a eventos, con fecha, tipo de evento, resultados y acciones correctivas
  • Bitácora de mantenimiento de las puertas de escaleras de emergencia exteriores
  • Programa anual de mantenimiento del sistema de ventilación artificial y registros de su ejecución
  • Evidencia de la información proporcionada a los trabajadores

De manera opcional, el patrón puede contratar una unidad de verificación acreditada y aprobada; cuando el dictamen es favorable, tiene una vigencia de dos años mientras no cambien las condiciones que sirvieron para emitirlo.

Relación con otras normas de la STPS

La NOM-001-STPS-2008 es la base para una infraestructura segura, pero se complementa con otras normas:

  • NOM-029-STPS-2011: mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo, condiciones de seguridad. Es la norma que regula los trabajos eléctricos, no la NOM-001
  • NOM-002-STPS-2010: prevención y protección contra incendios
  • NOM-025-STPS-2008: condiciones de iluminación en los centros de trabajo
  • NOM-026-STPS-2008: colores y señales de seguridad e higiene

Conclusión

La NOM-001-STPS-2008 establece las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas de los centros de trabajo. Cumplirla implica conservar la infraestructura en buen estado, realizar verificaciones oculares cada doce meses, registrar sus resultados y corregir a tiempo las condiciones inseguras.

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Consulta las normas vigentes en el sitio de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

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