Ergonomía

Ley Silla: obligaciones del patrón y cómo cumplir

✍️ ASG Cursos de Seguridad Industrial📅 10/19/2026⏱ 5 min de lectura
Trabajadora sentada en una silla con respaldo junto a una línea de producción en una planta industrial

Ley Silla: obligaciones del patrón y cómo cumplir

Durante décadas, en muchas tiendas, cajas, mostradores y líneas de producción se dio por hecho que trabajar de pie toda la jornada era parte del puesto. La llamada Ley Silla cambió esa regla en todo México. Hoy, dar asientos con respaldo y permitir que el personal se siente periódicamente ya no es una cortesía: es una obligación legal que la autoridad laboral puede revisar.

En este artículo te explicamos qué dice exactamente la reforma, a qué centros de trabajo aplica, qué está prohibido y cómo puede tu empresa cumplir de forma ordenada y con evidencias.

¿Qué es la Ley Silla?

No es una ley independiente ni una norma oficial mexicana. Es el nombre con el que se conoce al decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2024.

Artículos que modifica

  • Artículo 132, fracción V: obligación de proveer asientos o sillas con respaldo.
  • Artículo 133, fracción XVII Bis: nueva prohibición para las personas empleadoras.
  • Artículo 422: definición del reglamento interior de trabajo.
  • Artículo 423: contenido del reglamento interior, incluida una fracción sobre el uso de asientos.

Fechas clave que debes conocer

Entrada en vigor

El decreto entró en vigor a los 180 días naturales de su publicación, es decir, el 17 de junio de 2025. Desde ese día las obligaciones son exigibles.

Plazo para adecuar la normativa interna

Las empresas contaron con 180 días naturales adicionales, contados a partir de la entrada en vigor, para ajustar su normativa interna, en particular el reglamento interior de trabajo. Ese plazo ya concluyó, por lo que hoy cualquier centro de trabajo debería tener su reglamento actualizado.

Obligaciones del patrón

La fracción V del artículo 132 establece que la persona empleadora debe proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de todas las personas trabajadoras.

Para ejecutar sus funciones

Cuando la tarea puede realizarse sentado total o parcialmente, el trabajador debe contar con un asiento con respaldo en su puesto.

Para el descanso periódico

Si el asiento se usa para descansar, debe ubicarse en áreas específicas designadas para ello dentro de las mismas instalaciones del lugar de trabajo.

  • Número suficiente de sillas, no una para todo el turno.
  • Sillas con respaldo; un banco sin respaldo no cumple la redacción de la ley.
  • Disponibles para todas las personas trabajadoras del área.

¿Qué queda prohibido?

La nueva fracción XVII Bis del artículo 133 prohíbe a las personas empleadoras y a sus representantes:

  • Obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral.
  • Prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.

Esto incluye políticas no escritas, como supervisores que reprenden a quien se sienta en un momento sin clientes o reglas de imagen que exigen estar de pie siempre.

¿A qué centros de trabajo aplica?

Comercio, servicios y centros análogos

La obligación es directa para los sectores de servicios y comercio y para los centros de trabajo similares: tiendas departamentales, autoservicios, farmacias, bancos, restaurantes, recepciones, centros de atención y puntos de venta, entre otros.

Establecimientos industriales

En la industria, la misma disposición se aplica cuando lo permita la naturaleza del trabajo. Esto exige analizar puesto por puesto: un inspector de calidad o un operador de línea con tareas de ensamble fino quizá pueda alternar posturas, mientras que otras tareas requieren movilidad constante. En esos casos, la solución suele estar en asientos para pausas en áreas cercanas.

El reglamento interior de trabajo

La reforma al artículo 423 agrega que el reglamento interior debe contener normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar asientos o sillas con respaldo durante la jornada. Para que esas reglas sean claras, conviene incluir:

  • Los puestos donde se trabaja sentado y aquellos con pausas sentadas.
  • La ubicación de las áreas de descanso con asientos.
  • La forma de organizar las pausas sin afectar la operación.
  • El responsable de verificar que las sillas estén disponibles y en buen estado.

Recuerda que el reglamento interior se elabora con la participación de los representantes de los trabajadores y debe darse a conocer al personal.

Cómo cumplir paso a paso

1. Diagnóstico por puesto

Identifica cuántas personas trabajan de pie, cuánto tiempo y si la tarea admite estar sentado o alternar posturas.

2. Selección del mobiliario

Elige sillas con respaldo adecuadas a cada tarea: altura regulable para mostradores altos, apoyo para pies y materiales resistentes a la limpieza.

3. Implementación y comunicación

  • Instala las sillas y señala las áreas de descanso.
  • Actualiza el reglamento interior de trabajo.
  • Capacita a supervisores para que no contradigan la nueva regla en el piso.
  • Informa al personal sobre su derecho a sentarse periódicamente.

La ergonomía va más allá de una silla

Una silla mal elegida puede generar molestias distintas a las de estar de pie. Por eso conviene integrar la Ley Silla al análisis de factores de riesgo ergonómico de la empresa: altura de las superficies de trabajo, alcance de los brazos, alternancia entre estar sentado y de pie, y pausas activas. Este enfoque reduce fatiga, lesiones musculoesqueléticas y ausentismo.

Evidencias para una inspección

Ante una visita de la autoridad laboral, ten a la mano:

  • El reglamento interior de trabajo actualizado y su constancia de difusión.
  • Un inventario de asientos por área y fotografías de las zonas de descanso.
  • El diagnóstico por puesto que justifique las decisiones tomadas en la industria.
  • Listas de asistencia de la capacitación a supervisores y personal.

Errores comunes

  • Comprar pocas sillas y ubicarlas lejos de los puestos.
  • Usar bancos sin respaldo.
  • Cumplir en papel pero mantener la cultura de "aquí nadie se sienta".
  • Olvidar actualizar el reglamento interior de trabajo.

Conclusión

La Ley Silla es una reforma sencilla de entender, pero exige cambios reales en mobiliario, reglas internas y liderazgo. Cumplirla protege la salud del personal, mejora el clima laboral y reduce el riesgo de observaciones durante una inspección.

En ASG Cursos de Seguridad Industrial somos agente capacitador externo registrado en la STPS y emitimos factura. Nuestros cursos son presenciales y en línea, con constancia DC-3. Inscribe a tus supervisores y a tu equipo de recursos humanos en el Curso de la Ley Silla y cumple con la reforma de forma ordenada.

Consulta el decreto oficial en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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