
La Importancia de las Comisiones de Seguridad e Higiene (NOM-019-STPS-2011)
En todo centro de trabajo en México, sin importar su tamaño o actividad, debe existir una comisión de seguridad e higiene. Este grupo, integrado por representantes del patrón y de los trabajadores, es responsable de investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan.
La NOM-019-STPS-2011 establece los requerimientos para la constitución, integración, organización y funcionamiento de estas comisiones. Sin embargo, en muchas empresas la comisión existe solo en papel: se firma el acta y no vuelve a reunirse. Así se pierde una de las herramientas de prevención más valiosas.
En este artículo te explicamos qué establece la norma, cómo integrar la comisión y por qué es tan importante que funcione de verdad.
¿Qué es la NOM-019-STPS-2011?
Es la Norma Oficial Mexicana “Constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de 2011. Sustituyó a la NOM-019-STPS-2004 y aplica en todos los centros de trabajo del territorio nacional.
Su fundamento está en la Ley Federal del Trabajo, que ordena integrar comisiones de seguridad e higiene en las empresas, y en el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.
¿Qué es la comisión de seguridad e higiene?
Es un organismo integrado por igual número de representantes del patrón y de los trabajadores, que tiene por objeto investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan. Su carácter mixto es fundamental: combina la visión de la dirección con la experiencia de quienes realizan el trabajo.
¿Por qué es tan importante?
- Involucra a los trabajadores en la prevención
- Detecta condiciones peligrosas antes de que causen accidentes
- Investiga accidentes y propone medidas correctivas
- Da seguimiento al cumplimiento de la normatividad
- Fortalece la cultura de seguridad en todos los niveles
- Es un requisito verificado en las inspecciones de la STPS
Cuando la comisión funciona, los trabajadores perciben que sus preocupaciones son escuchadas y atendidas, lo que mejora la confianza y la participación en las demás actividades de seguridad.
Integración de la comisión
La comisión se integra con representantes del patrón, designados por este, y representantes de los trabajadores, designados por el sindicato o, si no lo hay, por mayoría de los trabajadores. El número de integrantes se determina considerando el número de trabajadores y los riesgos del centro de trabajo, conforme a los criterios de la norma.
Cargos dentro de la comisión
- Coordinador: designado por el patrón entre sus representantes
- Secretario: designado por el sindicato o por los trabajadores
- Vocales: el resto de los integrantes
Perfil de los integrantes
Conviene elegir personas que conozcan los procesos, tengan buena comunicación, sean respetadas por sus compañeros y estén comprometidas con la seguridad. Es recomendable que haya representación de las distintas áreas y turnos.
Acta de constitución
La integración de la comisión se formaliza mediante un acta de constitución que contiene los datos del centro de trabajo, el número de trabajadores, los nombres y cargos de los integrantes y las firmas correspondientes. El acta debe actualizarse cuando cambien los integrantes.
Funciones principales
- Elaborar el programa anual de los recorridos de verificación
- Realizar los recorridos de verificación en las áreas de trabajo
- Identificar agentes, condiciones peligrosas y actos inseguros
- Investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo
- Proponer medidas preventivas
- Dar seguimiento a la instauración de las medidas propuestas
- Apoyar la difusión de la normatividad y de las medidas de seguridad
Programa anual de recorridos de verificación
La comisión elabora un programa anual con las fechas de los recorridos, que deben realizarse con la periodicidad que establece la norma y abarcar todas las áreas del centro de trabajo. El programa debe incluir los recorridos extraordinarios que se requieran, por ejemplo, después de un accidente o de cambios importantes en los procesos.
Recorridos de verificación y actas
Durante los recorridos, los integrantes revisan las condiciones de las instalaciones, maquinaria, equipo, almacenamiento, señalización, orden y limpieza, uso de equipo de protección personal y prácticas de trabajo. También consultan a los trabajadores sobre sus inquietudes.
Los resultados se registran en un acta de recorrido que incluye las condiciones peligrosas identificadas, las causas de los accidentes investigados, las recomendaciones, los responsables y el seguimiento de las medidas propuestas en recorridos anteriores. El acta se entrega al patrón para que tome las acciones correspondientes.
Obligaciones del patrón
- Constituir e integrar la comisión
- Designar a sus representantes
- Proporcionar a los integrantes la capacitación necesaria
- Dar facilidades para realizar los recorridos
- Atender las recomendaciones de la comisión
- Difundir entre los trabajadores la relación de integrantes
- Conservar las actas y documentos
Capacitación de los integrantes
Para que la comisión sea efectiva, sus integrantes deben recibir capacitación sobre la NOM-019-STPS-2011, las normas que aplican al centro de trabajo, la identificación de peligros, la investigación de accidentes y la elaboración de actas. Esta capacitación debe documentarse con constancias DC-3.
Una comisión que no sabe qué buscar realiza recorridos superficiales que no aportan valor. En cambio, una comisión preparada se convierte en un aliado clave del área de seguridad y de la dirección.
Además, conviene que la dirección revise periódicamente las actas junto con la comisión, para priorizar las recomendaciones, asignar recursos y reconocer el trabajo de sus integrantes.
Errores comunes
- Constituir la comisión solo para cumplir y no volver a reunirla
- Recorridos que no abarcan todas las áreas
- Actas copiadas de un recorrido a otro
- Recomendaciones que nunca se atienden
- Integrantes sin capacitación
- No actualizar el acta cuando cambian los integrantes
Conclusión
La comisión de seguridad e higiene, regulada por la NOM-019-STPS-2011, es obligatoria en todos los centros de trabajo y es una herramienta fundamental de prevención. Bien integrada, capacitada y con recorridos reales y seguimiento, permite detectar riesgos, investigar accidentes y fortalecer la cultura de seguridad con la participación de trabajadores y empresa.
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Consulta el texto oficial en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y más información en la STPS.


