NOM-016-STPS-2001

Operación y mantenimiento de ferrocarriles-Condiciones de seguridad e higiene

Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2001.

¿Qué es la NOM-016-STPS-2001?

De acuerdo con su objetivo (capítulo 1): Esta Norma tiene por objeto establecer las medidas de seguridad e higiene para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo en aquellas actividades que se realicen para operar y dar mantenimiento a los medios de transporte relacionados con el servicio por ferrocarril.

¿A quién aplica?

Campo de aplicación (capítulo 2): La presente Norma es de observancia obligatoria en todos los centros de trabajo ubicados en el territorio nacional en donde se opere o de mantenimiento a ferrocarriles, incluyendo los trabajos de reparación y mantenimiento de vías.

Obligaciones del patrón

Algunas de las obligaciones que establece la norma (extracto; consulta el texto completo):

  • Mostrar a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar o poseer. (numeral 5.1)
  • Contar con el análisis de riesgos potenciales del centro de trabajo, según lo dispuesto en el Capítulo 7. (numeral 5.2)
  • Dar a conocer a todos los trabajadores los riesgos a los que están expuestos en el desempeño de sus actividades y documentar el cumplimiento de esta obligación. (numeral 5.3)
  • Cumplir con las condiciones de seguridad e higiene según lo dispuesto en el Capítulo 8. Los centros de trabajo deben estar provistos de equipo contra incendio que cumpla con lo establecido en los apartados (numeral 5.4)

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la NOM-016-STPS-2001?

Es la Norma Oficial Mexicana NOM-016-STPS-2001, "Operación y mantenimiento de ferrocarriles-Condiciones de seguridad e higiene", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2001. Su objetivo es: Esta Norma tiene por objeto establecer las medidas de seguridad e higiene para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo en aquellas actividades que se realicen para operar y dar mantenimiento a los medios de transporte relacionados con el servicio por ferrocarril.

¿A quién aplica la NOM-016-STPS-2001?

La presente Norma es de observancia obligatoria en todos los centros de trabajo ubicados en el territorio nacional en donde se opere o de mantenimiento a ferrocarriles, incluyendo los trabajos de reparación y mantenimiento de vías.

¿Cuáles son algunas obligaciones del patrón según la NOM-016-STPS-2001?

Mostrar a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar o poseer. (numeral 5.1) Contar con el análisis de riesgos potenciales del centro de trabajo, según lo dispuesto en el Capítulo 7. (numeral 5.2) Dar a conocer a todos los trabajadores los riesgos a los que están expuestos en el desempeño de sus actividades y documentar el cumplimiento de esta obligación. (numeral 5.3)

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Fuente: texto oficial de la NOM-016-STPS-2001 (DOF, 12 de julio de 2001). Contenido informativo; consulta siempre el texto oficial vigente.

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